NOTISINEPSED

SINEPSED te informa que el viernes 10 de mayo enviamos a la administración de la SED, la solicitud de permiso sindical para cada uno de nuestros 740 afiliados, de cara a la realización de las asambleas ordinaria de afiliados y de capacitación sindical, que se han planeado para los jueves 20 y 27 de junio respectivamente, desde las 8 am, vía TEAMS.
Esperamos que la resolución nos sea enviada por la SED en la primera semana de junio, de manera que te la podamos enviar a ti y a tu jefe en la segunda semana de junio.

SINEPSED Único sindicato de administrativos que participa como negociador principal, con voz y voto, en la actual mesa de negociación con la SED..

6a convocatoria para financiar estudios de pregrado y posgrado de los hijos de los administrativos del Distrito, 100% condonable

SINEPSED te invita a revisar la 6a convocatoria para financiar estudios de pregrado y posgrado de los hijos de los administrativos del Distrito, 100% condonable, acuerdo en el que participó activamente SINEPSED con la Alcaldía Mayor de Bogotá. Te adjuntamos términos. 👉https://serviciocivil.gov.co/fedhe-2024

SINEPSED te invita a revisar la 14a convocatoria para financiar estudios de pregrado y posgrado a los administrativos del Distrito, 100% condonable, acuerdo en el que participó activamente SINEPSED con la Alcaldía Mayor de Bogotá. Te adjuntamos términos. 👉https://serviciocivil.gov.co/fradec-2024

PERMISO REMUNERADO POR GRAVE CALAMIDAD DOMESTICA

Sinepsedista, usted puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o superior jerárquico la facultad de autorizar o negar los permisos.

Ahora, Cuando la causa del permiso sea una calamidad doméstica, el empleado deberá informar inmediatamente la situación y, una vez se reincorpore al ejercicio de sus funciones, justificará ante el nominador o superior jerárquico el motivo que la originó con los soportes necesarios para demostrarla, quien determinará si existió mérito suficiente para la ausencia laboral. De no existir mérito suficiente se procederá a descontar los salarios por el día o días no laborados. (Decreto 1083 de 2015 “Artículo 2.2.5.5.17) 

GRAVE CALAMIDAD DOMESTICA (Corte Constitucional Sentencia T 640 de 2018)

1. Los empleados públicos gozan de la garantía de la licencia o el permiso por grave calamidad doméstica, siempre que acrediten en debida forma la gravedad de la situación personal o familiar, así como el impacto negativo que les representa dicha circunstancia., 

2. El nominador tiene la obligación de otorgar el permiso a que haya lugar, bajo los requisitos, plazo y las condiciones previstas en el régimen legal.

3. Se deberá analizar en cada caso las circunstancias específicas que involucra la calamidad, pues ante una situación límite y excepcional, que la aplicación del marco legal resulte manifiestamente incompatible con la Constitución, deberá otorgarse por el tiempo necesario para superar, al menos, la gravedad de la calamidad. En todo caso,

4. El lapso razonable de remuneración dependerá de las circunstancias y particularidades de la situación concreta, lo cual queda además supeditado al acuerdo entre el empleador y el trabajador o, en defecto de lo anterior, a las determinaciones unilaterales del primero, sin que tampoco conlleve una decisión arbitraria o desproporcional.

Atención: Estamos en periodo de Evaluación del Desempeño Laboral

SINEPSED Recuerda que entre el 1 y el 22 de agosto de 2022, se debe llevar a cabo el proceso de evaluación del desempeño laboral, correspondiente al primer semestre de la Evaluación 2022 – 2023.

🆗 El propósito de la evaluación semestral es evidenciar el avance de cumplimiento de los compromisos de desempeño de los servidores públicos.

🆗 Acorde con lo indicado por la Comisión Nacional del Servicio Civil: es importante tener en cuenta los siguientes aspectos para realizar este proceso con éxito: 

– La “Evaluación parcial del primer semestre” corresponde al período comprendido entre el primero (1°) de febrero y el treinta y uno (31) de julio de cada año. 

– La evaluación deberá producirse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la finalización del periodo, razón por la cual entre el 1° y el 22 de agosto del año en curso, se debe cumplir con dicha obligación.

– Los compromisos funcionales serán evaluados según su cumplimento en un rango de uno a cien (1 – 100). 

– La evaluación de las competencias comportamentales se deberá realizar con base en aspectos cualitativos a los cuales se les asignan escalas numéricas para establecer los niveles de desarrollo de cada una de las competencias, de acuerdo a los criterios establecidos por la CNSC.

– Por medio de Evaluación del Desempeño Laboral (EDL), se busca valorar el mérito a través de la medición objetiva de la conducta, las competencias laborales y el cumplimiento de las metas de los servidores públicos de carrera administrativa y de los que están período de prueba.

👉🏼 Recuerde: Contra la evaluación parcial del primer semestre no proceden recursos. En caso de existir desacuerdo en el resultado de la evaluación, los recursos deben presentarse contra la calificación anual definitiva. 

TRABAJO EN CASA O TELETRABAJO

«11.11. Trabajo en casa o teletrabajo excepcional por situación médica derivada de¡ contagio por Covid 19

 Mientras estuvo vigente la emergencia sanitaria y en la actualidad, en cumplimiento de las medidas de bioseguridad, están autorizados para realizar trabajo en casa o mediante teletrabajo como excepción a la regla general, aquellos servidores públicos que deban estar en aislamiento obligatorio, temprano y de forma inmediata así: Si es persona sintomática independientemente del estatus de vacunación, edad o factores de riesgo; este aislamiento es por el término de siete (7) días desde el inicio de los síntomas y no requiere prueba diagnóstica, a menos que el(la) servidor(a) público(a) tenga 60 años o más o tenga factores de riesgos asociados a una comorbilidad. Si es persona asintomática, con resultado positivo identificado en actividades de tamizaje, deberá ser notificado al sistema de vigilancia y deberá cumplir con aislamiento durante siete (7) días, sin perjuicio de las recomendaciones médicas que se generen al respecto. En caso de ser persona asintomática, con contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 y tiene esquema completo de vacunación y con o sin refuerzos de dosis, no requerirá aislamiento pero deberá mantener en su centro de trabajo las medidas de protección personal.»

Vencimiento del beneficio por ejercer el cargo de Jurado de Votación – Jornadas Electorales

Cordial saludo Estimados Compañeros,

SINEPSED recuerda a nuestros afiliados que ejercieron el cargo de jurado de votación:

🆗 Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la votación (Código electoral, art. 105)

¡¡Los vencimientos del derecho se aproximan!!

👉🏼 Primera vuelta presidencial del 29 de mayo de 2022: limite para el compensatorio 4 de agosto de 2022

👉🏼 Segunda vuelta presidencia del 19 de junio de 2022: limite para el compensatorio 26 de agosto de 2022

Para el disfrute, es necesario concertar la fecha con el superior inmediato y con el visto bueno, radicar la comunicación dirigida a la Oficina de Personal, acompañada de la certificación de jurado de votación.